
El IVA de la luz y el gas sube al 21% el 1 de junio: esto es lo que cambia en tu factura
Desde el 22 de marzo la luz y el gas venían aplicando un IVA reducido del 10%, una medida temporal para aliviar el impacto de la crisis energética derivada del conflicto en Oriente Medio.
Aunque durante estos meses ha supuesto un respiro real en la factura de muchos hogares, con la moderación de los precios de la energía registrada en abril se ha activado automáticamente la cláusula que pone fin a esa rebaja. A partir del 1 de junio,el IVA de la luz vuelve al tipo general del 21%. El cambio afecta a todos los contratos domésticos con una potencia contratada inferior a 10 kW, que es la situación de la gran mayoría de hogares en España.
¿Cuánto va a subir mi factura?
El IVA es un impuesto que fija el Estado y que se aplica igual en todas las compañías. No depende de la comercializadora que tengas contratada ni de la tarifa que hayas elegido.
Para un hogar con una factura base de unos 60 euros antes de impuestos, el impacto conjunto del aumento del IVA (del 10% al 21%) y de la recuperación del Impuesto Especial sobre la Electricidad (que pasa del 0,5% al 5,11%) supondrá alrededor de 10 euros más al mes. Eso equivale a un incremento de aproximadamente el 15% en el coste total para el mismo consumo de siempre.
Si tienes contratados luz y gas, el aumento se notará en los dos recibos. Si solo tienes uno de los dos suministros, el impacto será algo menor, pero igualmente perceptible.
¿Por qué puede aparecer ya en mi factura si el consumo es de mayo?
Esta será probablemente la duda más habitual en las próximas semanas: si el consumo es de mayo, ¿por qué aparece ya el IVA de junio? La razón está en cómo funciona la facturación energética. El IVA se aplica en la fecha en que se emite la factura, no en la fecha en que se consumió la energía. Si tu comercializadora cierra el periodo de facturación y emite el recibo en junio, aplicará el IVA al 21% aunque el consumo incluido en esa factura corresponda a días de mayo, cuando todavía estaba en vigor el tipo reducido del 10%.
Esto no es algo que cada compañía decida por su cuenta. Es el criterio que establece la normativa fiscal española para todos los suministros de tracto sucesivo, como la luz y el gas, y se aplica por igual en toda España.
¿Y si tengo bono social?
Si eres titular del bono social eléctrico o del bono social térmico, estas ayudas no se ven afectadas por el cambio fiscal. Tu protección como consumidor vulnerable se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, independientemente de la vuelta del IVA al tipo general.
¿Tienes dudas sobre tu factura?
Cuando llegue el primer recibo con el nuevo IVA aplicado, es posible que algo no te cuadre a primera vista: un importe más alto de lo esperado, un tipo impositivo que no reconoces, una fecha que no coincide con el periodo de consumo.
Si eso pasa, en Máis Enerxía lo revisamos contigo. Sin contestadores automáticos, sin esperas. Llámanos o escríbenos con la factura a mano y te explicamos línea por línea.




